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El Impuesto a las Ganancias en Argentina.

Evolución y Cambios Recientes en la Normativa:

El Impuesto a las Ganancias en Argentina es uno de los tributos más importantes y controvertidos del sistema fiscal del país. A lo largo de los años, ha sido objeto de múltiples reformas que reflejan los cambios en las políticas económicas y sociales del gobierno. Este impuesto grava los ingresos obtenidos por personas físicas y jurídicas y se ha convertido en un tema central en el debate público, especialmente en relación con su impacto en la clase media y en la competitividad empresarial.

¿Qué es el Impuesto a las Ganancias?

El Impuesto a las Ganancias es un tributo que grava las rentas obtenidas por las personas físicas, sucesiones indivisas y sociedades. Se aplica sobre los ingresos provenientes de diversas fuentes, como salarios, honorarios, alquileres, intereses, dividendos y ganancias de capital. La estructura del impuesto se basa en un esquema progresivo, lo que significa que las tasas impositivas aumentan a medida que aumenta el ingreso gravado.

El impuesto se divide en cuatro categorías:

Primera Categoría: Ingresos derivados del capital inmobiliario (alquileres, derechos reales).

Segunda Categoría: Rentas del capital mobiliario (intereses, dividendos).

Tercera Categoría: Ganancias de las empresas y otras entidades jurídicas.

Cuarta Categoría: Rentas del trabajo en relación de dependencia y autónomos.

El Impuesto a las Ganancias ha sido objeto de varias modificaciones normativas, en respuesta a las demandas sociales, la inflación y las prioridades fiscales del gobierno.

Recientemente se han introducido algunos cambios en la normativa que mencionaremos a continuación:

  1. Aumento del Mínimo No Imponible y Actualización de las Escalas (2023)

Uno de los cambios más recientes y significativos en el Impuesto a las Ganancias es el aumento del mínimo no imponible, que es la cantidad de ingresos que una persona puede obtener sin estar sujeta al impuesto. En 2023, el gobierno incrementó sustancialmente este umbral, buscando aliviar la carga fiscal sobre los trabajadores y reducir la cantidad de personas alcanzadas por el impuesto. Este aumento fue acompañado de una actualización de las escalas de alícuotas, que también se ajustaron para reflejar el impacto de la inflación.

Esta medida ha sido vista como un intento de reducir el impacto del impuesto sobre la clase media y media-baja, que se había visto cada vez más afectada por la falta de actualización de estos parámetros en años anteriores.

El mínimo no imponible  será de $ 1,8 millones brutos (el sueldo antes de los descuentos) para solteros y $ 2.340.000 para casados con 2 hijos. Este es el umbral de ingresos a partir de los cuales se cobra el impuesto. Las alícuotas serán progresivas e irán desde el 5% al 35%.

  1. Nueva categoría de Impuesto a las Ganancias.

Se restablece la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias (es decir, aquella que grava los ingresos de los trabajadores en relación de dependencia), que había sido eliminada en septiembre de 2023. Este beneficio reincorpora al tributo alrededor de 800 mil personas que habían sido beneficiados con estas exenciones según informó el Gobierno en ese momento.

  1. El impuesto no será retroactivo para trabajadores reincorporados al tributo

Con la reciente reglamentación del Impuesto a las Ganancias, los trabajadores alcanzados por este tributo comenzarán a abonarlo a partir del salario correspondiente al mes de julio, que se percibe a principios de agosto. Aunque la ley entra en vigor el 1 de enero de 2024, se ha establecido que el impuesto no será retroactivo. Esto significa que los empleados no deberán pagar por los meses anteriores a julio, a pesar de la vigencia anual del impuesto.

Para garantizar que no haya retroactividad, la ley introduce un mecanismo especial de deducciones que será detallado en una Resolución General por la AFIP.

  1. Tramitación de las Deducciones

La AFIP ha emitido una Resolución General que detalla el procedimiento para el cálculo de las deducciones, y ha habilitado las modificaciones en el sistema Siradig, donde los empleados deben informar a sus empleadores sobre los gastos especiales para que no se incluyan en el cálculo del impuesto. Entre las deducciones más comunes se encuentran las cargas de familia (hijos y cónyuge a cargo), alquiler de vivienda permanente, medicina prepaga, gastos médicos, cuotas de colegios privados, seguros de vida y retiro, donaciones, y pagos al servicio doméstico.

Para deducir al cónyuge a cargo, este no debe tener ingresos propios superiores a $3 millones anuales. Además, pueden deducirse los hijos menores de 18 años o mayores, en caso de incapacidad para trabajar.

  1. Eliminación de Exenciones

La nueva legislación también elimina varias exenciones que anteriormente beneficiaban a los trabajadores cuyos ingresos se incrementaban transitoriamente, como resultado del cobro de horas extras, bonificaciones, y otros conceptos adicionales. Esta eliminación afecta, entre otros, a las diferencias salariales por horas extras trabajadas en feriados o fines de semana, guardias obligatorias para trabajadores de la salud, viáticos, y material didáctico para docentes.

Además, se ha eliminado el umbral diferencial que beneficiaba a los trabajadores de la región patagónica, quienes anteriormente comenzaban a tributar solo a partir de salarios un 22% más alto que los del resto del país.  Aunque también se suprimió la exención al aguinaldo, la ley ha incorporado una deducción adicional para permitir que este ingreso pueda ser computado dentro de los montos exentos del impuesto.

Los últimos ajustes sobre el nuevo marco normativo del impuesto a las ganancias en Argentina representan un cambio significativo en la tributación de los trabajadores, ajustando las reglas para alinearlas con la situación económica actual y modificando las exenciones que tradicionalmente beneficiaban a sectores específicos.

Si requiere asistencia con el impuesto a las ganancias consulte a nuestros especialistas.

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